martes, 2 de marzo de 2010
pater familia
la vieja consideracion romana sobre la persona, emerge de la postulacion factica “sujeto de derecho como sinonimo de “pater familias” es el unico portador de los status de la familia, libertad y ciudadania.Los juristas romanos emplean en el termino “persona” con el significado de
“ser humano” , “homo” asi es el caso de Goya. La antigua, cultura juridica
Romana es durisima en cuanto a la consideración de la persona , fundamentalen en el poder homínido del pater Familia , en definitiva “rey de su propia familia “. A partir de mediados de la republica comienza esta “dureza”.
La situación de los hijos:”ya nacido”, nada es mas importantes que la vida a la vida problemática del “nasaturus “. De la posesion se permiten en ciertos casos al concebido a ejercerla a través del curador o incluso de la madre, la madre esclava en algun momento de la concepción gozó de liberta.Finalmente el digerir la aplicación de la pena capital impuesta a la madre hasta que en concebido hubiese nacido. Izpiano añade que, hasta donde llega nuestro conocimiento se le debe añadir la prohibición.
En cuanto al “ya nacido”, el poder omnimido del padre de familia se comienza a suavizar por la labor del pretor y después por el derecho imperial, por el derecho del “pater familia” .La limitación del abuso de la potestad sobre los hijos concediendoles la obligación al padre que lo vende mas de tres veces, las disposiciones de trapiano aplica la muerte al hijo sin escuchar a la asamblea familiar. Justiniano deja sin efecto el derecho al castigo
La situación de los esclavos :estos son considerados jurídicamente “cosas”y respecto de los mismos el amo aplica el derecho de la “propiedad nudo” derecho y pretoriano y cristiano mediante se prohibe constrarlos sin justificación valida alguna y venderlo para ser destinables alos espectáculos publicos o para ser arrojados a las fieras
La situación de la mujer:evolucion con el tiempopasando de la durezadel vinculo agnaticio (civil) a la equiparación juridica con el vinculo cognaticio en epoca de Justiniano . durante la primera vigencia del vinculo agnaticio el marido adqiere la manus sobre la mujer pero no el dercho de vida y muerte.
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